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13 abril 2009

Asesino del Bate Vuelve a Encierro

[Santiago] Aaron Vásquez vuelve al encierro total. Corte de Copiapó revocó régimen semi-cerrado que Tribunal de Garantía concedió al condenado por el crimen del ciclista Alejandro Inostroza.
Satisfacción existe entre los familiares del ciclista asesinado Alejandro Inostroza ante la resolución de la Corte de Apelaciones de Copiapó de mantener en el encierro total al autor del crimen, Aarón Vasquez.
El tribunal de alzada de Atacama revocó hoy la decisión del 4to Juzgado de Garantía que había concedido un régimen semi-cerrado al joven autorizando su salida desde el centro del Servicio Nacional de Menores (Sename) en que permanece.
El homicida había conseguido el beneplácito al haber cumplido casi dos años y medio del total de 7 años de castigo impuesto, en el marco de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Con esta determinación su defensa sólo podrá volver a apelar cuando cumpla 3 años y medio de su encierro.
Vásquez fue condenado por homicidio calificado por el asesinato con un bate de béisbol a Inostroza en la plaza Pedro de Valdivia en la esquina de la calle de ese nombre con Bilbao, en Providencia. El delito fue considerado por el tribunal con la agravante de actuar con alevosía.
[13 de abril de 2009]
la nación]

18 marzo 2008

Ratifican Condena para Asesino del Bate

[Santiago] Suprema mantiene condena contra Aarón Vásquez.
La Sala Penal del máximo tribunal desestimó el recurso de nulidad que había interpuesto la defensa del joven que dio muerte con el golpe de un bate al ciclista Alejandro Inostroza.
La Segunda Sala de la Corte Suprema dejó a firme la condena por homicidio calificado contra Aarón Vásquez Muñoz, responsable de la muerte del ciclista Alejandro Inostroza, en una riña ocurrida en la Plaza Pedro de Valdivia, la noche del 28 de octubre de 2006.
La Sala Penal del máximo tribunal de esta forma desestimó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del joven, condenado a siete años de internación en un centro del Servicio Nacional de Menores (Sename), bajo un régimen semicerrado y sujeto a un programa de reinserción social por el delito de homicidio calificado. La sala compuesta por los ministros Jaime Rodríguez Espoz, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y los abogados integrantes Ricardo Peralta y Juan Carlos Cárcamo- estimó que no procedía acoger una reclamación de este tipo porque no hubo sentencias contradictorias.
"La situación sometida al conocimiento de este tribunal no se ajusta al caso de excepción antes referido, toda vez que tanto la sentencia recaída en el primer juicio -que fue anulada- como la dictada en el segundo juicio -y que es ahora objeto de impugnación- fueron condenatorias para el acusado Aarón Vásquez Muñoz, siendo de advertir que la norma respectiva no distingue si se trata de partes, capítulos o acápites del fallo los que deban ser estimados absolutorios o condenatorios o si deba comprenderse la extensión o naturaleza de la pena impuesta, o tal vez, la diferente calificación que el tribunal haya dado al delito o a sus circunstancias", dice la resolución.
[18 de marzo de 2008]
la nación]