[Talca] Parricida arriesga presidio perpetuo en nuevo juicio oral. La primera vez fue condenado a sólo seis años de cárcel por homicidio, pero la Corte anuló ese fallo.
"El Ministerio Público presentó, en su momento, un recurso de nulidad por estimar que la primera sentencia había errado en la aplicación del derecho al no reconocer la figura del parricidio. La Corte de Apelaciones nos dio la razón y por eso estamos en este nuevo juicio, donde esperamos que -esta vez- el tribunal nos reconozca las relaciones de familia que había entre la víctima y el imputado".
Con estas palabras, la fiscal Grace Salazar resumió las expectativas de la parte acusadora en el juicio que comenzó ayer en el Tribunal Oral de Talca, donde el único imputado es Clodomiro Moraga Farías, sindicado como responsable del grave delito de parricidio, por cuanto la víctima fue su ex conviviente, Carmen Gloria Farías.
Los hechos, que alcanzaron gran notoriedad pública, se registraron el 4 de agosto del año pasado en la plaza José Fernández Llorens ubicada en la 8 Oriente con 2 Norte. En dicho lugar, el detenido -que permanece desde esa fecha en prisión preventiva- asesinó con cinco puñaladas a la víctima.
Convivencia
Por este alevoso crimen, tanto en el primer como segundo juicio, la fiscal exigió 20 años de cárcel bajo la calificación de parricidio, por estimar que la ley reconoce que basta que una pareja sostenga una convivencia para asimilar las obligaciones de un matrimonio. A ello se sumaron dos agravantes de alevosía y premeditación.
De igual forma, los abogados del Centro de Atención a Víctimas de Delitos Violentos, dependiente de la Corporación de Asistencia Judicial, exigieron el presidio perpetuo. Una posición radicalmente distinta sostuvo la defensora penal privada, Blanca Rebolledo, quien argumentó que no existió parricidio, porque la convivencia había sido interrumpida por la propia víctima 18 días antes de que ocurriera su muerte.
Nulidad
Al dictar fallo, los magistrados del primer juicio –María Isabel González, Gretchen Demandes y Patricio Zúñiga- coincidieron con la opinión de la defensa y calificaron el delito sólo como homicidio, aplicando una condena de 6 años de cárcel. Tras ello, la fiscalía y la parte querellante presentaron un recurso de nulidad que fue acogido en la Corte.
[Hernán Espinoza]
[18 de junio de 2008]
[©el centro]
18 junio 2008
Parricida Arriesga Reclusión Perpetua
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