25 julio 2007

5 años de presidio por abuso sexual

[Calama] Cinco años de presidio para loíno culpable de abuso sexual. Nunca en su vida podrá ejercer cargos políticos ni trabajar en nada que se relacione con menores de edad.
Los esfuerzos de la defensa fueron insuficientes para salvar de condena a un individuo acusado del delito de abuso sexual, en forma reiterada contra su nieta de apenas 7 años de edad.
A cinco años de presidio menor en su grado máximo fue condenado un individuo de 59 años de edad, quien fue hallado culpable del delito de abusos sexuales reiterados contra su nieta de siete años.
Merced a sus antecedentes el individuo podrá cumplir la condena bajo el sistema de libertad vigilada, lo que significa que si durante ese tiempo comete algún hecho delictual de cualesquiera naturaleza le quitarán inmediatamente el beneficio.
Además fue condenado a las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para desempeñar cargos públicos y tampoco podrá trabajar en ninguna actividad en la que tenga relación con niños o niñas.
La condena será complementada con la vigilancia de la autoridad, durante diez años después que haya cumplido la condena de cinco años de presidio. En suma estará quince años bajo la vigilancia de la autoridad.
La decisión fue adoptada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama y conocida ayer, durante la lectura de la sentencia, trámite que tuvo lugar en el mismo juzgado.
Al condenado ahora le queda la posibilidad de pedir la nulidad del juicio o de la sentencia, cuestión que podrá hacer a través de su abogado una vez que lean el texto completo de la sentencia.
El hombre pudo recibir un castigo mayor aún, porque le consideraron el agravante de ser pariente de la víctima, pero lo salvó la atenuante de irreprochable conducta anterior, con lo que compensó la agravante.
Dentro de las penas accesorias resulta relevante la de que el hombre no podrá ejercer cargos políticos dado que, según trascendido, el condenado tiene gran dedicación a la política partidista.
La aplicación de la disposición que le obliga a mantenerse bajo la vigilancia a la autoridad, durante los diez años siguientes al cumplimiento de los cinco años fue solicitada por el Ministerio Público de Calama y acogida por los tres jueces colegiados.
La condena corresponde a un abuso sexual, es decir, tocaciones indebidas contra la menor sin que hubiera perpetrado la violación.

Ejemplar
Aunque las condenas que aplica el tribunal no tiene más finalidad que el castigo de delito cometido, la pena a cumplir en este caso puede ser tenida como ejemplarizadora y un mensaje a toda la comunidad loína, para que sepan de antemano lo que les espera en el caso de cometer ese tipo de delitos contra menores de edad.
El individuo de 59 años de edad, fue acusado por el Ministerio Público de Calama de abusos sexuales contra su propia nieta, una niñita de apenas siete años de edad.
El caso se remonta al año pasado, cuando el individuo fue denunciado por abuso sexual, luego que la familia de la menor descubrió antecedentes relacionados con una situación irregular en torno a la relación del abuelo con su nieta.
Entre las evidencias presentadas figura un dibujo hecho por la pequeñita, en el que prácticamente descubre las acciones de las que era víctima por parte de su abuelo.
Las tocaciones fueron practicadas en desconocido número de veces y ocurrieron en el domicilio de la menor, donde también vivía el abuelo. La última de esa agresiones, precisamente la que dio origen a la denuncia familiar y posterior acusación del Ministerio Público, ocurrió en noviembre del año pasado.
Denunciado el hecho, la Fiscalía realizó la investigación correspondiente y halló culpable al individuo del delito que le imputan.
Ante esa realidad, formuló la acusación correspondiente, lo que se tradujo en la realización del juicio oral en el que el individuo fue condenado.
El acusado fue defendido debidamente por abogados de la Defensoría Penal Pública de Calama. Este hecho, además, de favorecerlo en el juicio propiamente tal, evitó que el hombre fuera condenado al pago de las costas del juicio.
La parte acusatoria fue llevada por el fiscal Rodrigo Benitt, del Ministerio Público de Calama, cuya investigación permitió la condena.
[25 de julio de 2007]
mercurio de calama]

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