21 julio 2006

secuestradores en libertad

Bastó que Carabineros demorara un par de minutos en aprehender a tres sujetos que mantuvieron secuestrado a un menor de 16 años de edad desde las 3 hasta las 5 de la madrugada del miércoles en Iquique, para que se declarara ilegal la detención por estimar que no hubo flagrancia.
Esta situación generó diversas opiniones, especialmente entre los protagonistas de la reforma penal.
Para el fiscal regional Claudio Roe, aún hay conceptos que los legisladores no han definido expresamente, ya que para que exista flagrancia debe producirse la detención en "tiempo inmediato" de registrado el delito, por lo que caben diferentes interpretaciones respecto a esta definición. "Podrían ser 30, 40 minutos o una hora; porque la ley no lo define".
Roe, sostuvo que la situación fue producto de una definición de criterios, ya que los actores de la reforma procesal que participaron en esta audiencia no concordaron en las definiciones. "El tema no es sólo la hora misma, sino la interpretación que se está dando a otros términos. Por eso es importante tener un criterio común para que la norma se interprete en forma acertada y no estemos dependiendo de lo que el fiscal, juez o defensor esté interpretando".
La "situación de flagrancia" estipulada en el artículo 130 del Código Procesal Penal no es clara en mencionar tiempos de detención luego de perpetrado un determinado delito.

Defensor
Por su parte, el defensor regional, Arturo Zegarra, manifestó que la situación no obedece a un problema de al reforma penal o de la magistrada sino que se debió a deficiencias en el procedimiento.
"En el caso del procedimiento efectuado ante una denuncia de secuestro, no puede atribuirse una falla en la decisión del juez ni en el sistema procesal, sino que a deficiencias en el procedimiento previo que no dejaron otra opción que anular las detenciones, porque si no el Estado habría actuado injustamente".
Aseveró que a esta instancia, tanto como a los jueces, Ministerio Público y policías, le interesa que se sancionen los delitos. "Sin embargo, eso debe cumplirse cuidando de no caer en procedimientos arbitrarios que finalmente perjudican a particulares y a la comunidad, porque también deslegitiman a nuestro sistema judicial", especificó.
Zegarra explicó que en el caso en que hay una imputación de secuestro un defensor tiene el deber de observar que se cumplan las garantías que cualquier ciudadano tiene cuando se le acusa de un delito. "En el caso de las personas a quienes se les atribuye ese ilícito no se cumplieron los pasos que la ley estipula, lo que vició el procedimiento de detención. Eso obligó al juez a declararlo nulo", agregó.

Senador
El senador y abogado Jaime Orpis también se refirió a la polémica. Se mostró preocupado por la resolución judicial y la consideró como una determinación insólita.
Dijo que no es la primera vez que ocurre en la Región. Recordó que hace poco en Arica quedaron libres imputados por narcotráfico. "Los jueces han llevado a que el nuevo sistema penal se transforme en un sistema garantista absoluto".
Dijo que en la Cámara de Diputados se está discutiendo la ley de la agenda corta y entre las materias que se analizan es poder extender el horario de la flagrancia. Podría aumentar a dos horas para considerar la detención como flagrancia.
"Los jueces tienen herramientas para cumplir la labor, pero no lo están haciendo bien", indicó.
[20 de julio de 2006]
estrella de iquique]

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