[San Antonio] Condenan a ‘Pato Chorombo' y ‘Chico Alejo'. Fueron sentenciados por el delito de homicidio simple y no por homicidio calificado, como había acusado la Fiscalía. Peritaje siquiátrico de Patricio Román indicó que tenía inteligencia limítrofe y daño orgánico cerebral.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio resolvió ayer condenar a Patricio Baltazar Román Morales (‘Pato Chorombo') y José Alejandro González González (‘Chico Alejo') como autores del homicidio del joven guardia de seguridad Michel Herrera Fuentes, ocurrido la mañana del 4 de julio del año pasado en un domicilio de la calle Las Amapolas en el Cerro El Carmen.
Homicidio Simple
A diferencia de la acusación de la fiscal del caso, Claudia Cancino Cardoza, en relación a que se trató de un homicidio calificado, el tribunal presidido por el juez Felipe Salas Torres condenó a Román y González por el delito de homicidio simple.
En el caso del ‘Chico Alejo', el tribunal le reconoció su irreprochable conducta anterior, lo que diferenciaría su pena respecto del ‘Pato Chorombo'.
Entre 5 y 15 Años
La fiscal Cancino explicó que por el hecho de haber sido condenados por homicidio simple, la pena podría oscilar entre cinco años y un día y quince años de cárcel, sin perjuicio de las atenuantes que podría reconocer el tribunal para ambos condenados.
Peritaje Psiquiátrico
Tras la comunicación del veredicto, se abrió debate en relación a las atenuantes, momento en que el defensor de Román Morales, Víctor Demaría dio lectura resumida a un peritaje siquiátrico aplicado a su defendido donde se especificaba que el ‘Pato Chorombo' poseía un rango de inteligencia limítrofe y signos leves de daño orgánico cerebral, antecedentes que fueron recibidos por la terna de magistrados.
De la misma manera, el defensor de González González, Mauricio Rivaeud, dio lectura a un informe sicológico de su representado en el que se especificaba que el ‘Chico Alejo' poseía un coeficiente intelectual limítrofe e imposibilidad de contener las emociones, informe que también fue recepcionado por el tribunal.
Lectura de Sentencia
La determinación de la pena para ambos sujetos va a depender de la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal que el tribunal tiene que dar por establecida al momento de la lectura de sentencia, que se efectuará el lunes 9 de octubre a las 13 horas en la misma sala.
Fiscal
"El Ministerio Público, con respecto a Patricio Román, estima que no concurre ninguna circunstancia modificatoria atenuante ni agravante, atendido a que él tiene antecedentes penales. Respecto a la imputabilidad disminuida -manifestada por la Defensa- creemos que no fue acreditado en el juicio el hecho de que Román sea una persona que haya obrado con sus capacidades cognitivas disminuidas", comentó la fiscal Cancino.
[5 de octubre de 2006]
[©líder de san antonio]
05 octubre 2006
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