28 mayo 2008

Asaltante Condenado a 5 Años

[Osorno] La lectura de sentencia se realizó ayer en Juzgado Oral en lo Penal. Defensa tiene diez días para apelar a la sentencia dictada.
A cinco años de cárcel -con cumplimiento efectivo- fue condenado ayer Julio Andrés Chacón Fuentealba (20), al comprobarse su actuación en el asalto a mano armada al conductor de un camión repartidor de gas licuado hace dos años en el sector poblacional Carlos Condell, en Rahue Alto.
El Ministerio Público, representado por el fiscal Rodrigo Oyarzún, en virtud de la violencia empleada por el imputado en contra de su víctima, solicitó originalmente una condena de ocho años de presidio. Finalmente, el tribunal determinó una pena de cinco años y un día de cárcel por el delito.
El juicio oral en lo penal en contra de Julio Andrés Chacón Fuentealba terminó ayer con la lectura de la sentencia dictada en la primera sala del Juzgado Oral en lo Penal de Osorno, presidida por el magistrado Germán Olmedo. También estuvo conformada por los jueces Edmundo Möller y Marcelo Reuse.
El abogado Rodrigo Oyarzún, en representación del Ministerio Público, tuvo a su cargo la acusación en contra del imputado Chacón Fuentealba, ayudante de pintor, quien cerca de las 14 horas del 29 de octubre de 2006, acompañado de otros dos individuos, asaltó al chofer de un camión de la empresa Lipigas en calle San Javier con San Ignacio en Rahue Alto.
En el atraco, el condenado junto a sus acompañantes, lograron un botín de 200 mil pesos en dinero efectivo, entre otras especies que tenía el afectado en el camión.
De inmediato los antisociales escaparon del lugar, siendo detenidos más tarde por la policía.

Defensa
Por el acusado asumió su defensa el abogado José Miguel Devilat, en representación de la Defensoría Penal. Y en el juicio se hizo presente la atenuante del artículo 11, número 9 del Código Penal, cuya concurrencia fue solicitada por la defensa, expresando que el acusado únicamente prestó declaración en el juicio oral, existiendo previamente una serie de antecedentes que lo sindicaban como autor del ilícito, careciendo en consecuencia de la sustancialidad exigida por la norma para ser procedente.
La defensa del imputado tiene diez días para apelar al fallo del tribunal osornino.
[28 de mayo de 2008]
austral de osorno]

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