29 mayo 2008

Chacal Condenado a Perpetua

[Calera de Tango] Tribunal condena a 40 años de cárcel a parricida de Calera de Tango.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo condenó a presidio perpetuo calificado a Jaime Francisco Lobos Farías, quien asesinó a su hija el 12 de octubre del 2006 en la comuna de Calera de Tango.
En su veredicto, los magistrados Cecilia Flores, Juan Madrid y Hugo Salgado resolvieron que Lobos Farías permanezca los próximos 40 años recluido antes de optar a algún beneficio carcelario.
Los hechos ocurrieron el 12 de octubre del 2006, cuando el condenado concurrió hasta el colegio Gabriela Mistral para retirar a su hija V. F. L. P., con la excusa de ir a visitar a la abuela enferma. Luego, Lobos Farías la trasladó hasta el domicilio de la familia, ubicado en el pasaje La Pólvora de Calera de Tango, en donde procedió a estrangularla con un cable eléctrico y luego propinarle cortes con arma blanca.
El fallo fue leído por el magistrado Juan Madrid y en él se consideraron como agravantes la alevosía, premeditación y la superioridad física con que actuó el sentenciado.
"Cuando se obra a traición o sobre seguro, al estimar el Tribunal que el acusado, valiéndose de la confianza y cariño que le dispensaba la menor, traiciona ésta para conducirla hasta la casa habitación que días antes había sido el hogar de la niña, para en dicho lugar que le aseguraba la consumación de su propósito delictivo, con una clara frialdad de ánimo y en un acto de absoluta cobardía, trata primero de estrangularla y ante la frustración de este intento le provoca la muerte con un cuchillo'', sostiene el fallo.
En un hecho inédito dentro del funcionamiento de la Reforma Procesal Penal, el Tribunal de Juicio Oral de San Bernardo acreditó todas las agravantes al momento de sentenciar a Jaime Francisco Lobos Farias, declarado culpable del parricidio de su hija V. F. L. P., de 10 años de edad.
Los jueces Cecilia Sanhueza, Hugo Salgado y Juan Madrid, en votación unánime, desestimaron circunstancia atenuante a favor del inculpado, y por el contrario, validaron las argumentaciones de la Fiscalía Regional Occidente, en cuanto a que el imputado actuó en forma alevosa, premeditación o empleando engaño y superioridad física con la víctima.
Tras una semana de juicio, los magistrados analizaron cada una de las pruebas entregadas por las partes respecto a este macabro crimen cometido por el sujeto ante el despecho de saber que su mujer lo había abandonado ante los constantes malos tratos físicos y psicológicos que había soportado durante la relación que mantuvieron.
[29 de mayo de 2008]
la nación]

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