21 septiembre 2007

5 años para doctora jäger

[Puerto Montt] Tras maratónica jornada, condenan a 5 años y un día de cárcel a doctora Jäger. Luego de casi nueve horas en el Tribunal Oral de Puerto Montt y tras un acuerdo entre las partes, la doctora Ivonne del Carmen Jäger Ramírez fue condenada a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo.
El veredicto fue comunicado, tras una extensa audiencia de más de 8 horas de duración, por la jueza Patricia Miranda, que presidió la sala del Tribunal Oral, el cual vio por segunda vez el caso en contra de la médico, determinando su culpabilidad en el delito de parricidio en grado frustrado en contra de su hijo mayor Andrés Walter Vienne (20).
La audiencia arrancó a las 15.45 horas, donde los jueces Miranda y Francisco Del Campo Toledo ofrecieron realizar una lectura resumida del fallo de mas de 470 páginas de extensión.
La defensa de la médico, en primera instancia, solicitó la revisión íntegra de la sentencia, medida que fue rechazada por uno de los jueces y por el fiscal Marcelo Maldonado. Pero ante la nueva petición de la defensa de la médico, en orden a "que se les entregue una copia impresa de la sentencia antes de su lectura resumida", provocó la molestia de los magistrados que decidieron iniciar la lectura total del fallo.
La revisión, que se extendió por más de ocho horas, era intercambiada entre la jueza Miranda y el magistrado Del Campo, ya que por ley la comunicación de sentencias no puede ser suspendida ni interrumpida, por lo que personeros del Ministerio Público calculaban que la pena que debia cumplir la médico, no iba a ser entregada antes de las 4 ó 5 de la madrugda de hoy.
Sin embargo, pasadas las 0.00 horas, el defensor penal público Luis Masferrer, en nombre de la defensa de la doctora Jäger integrada además por los abogados Norman Santibáñez y Francisco Geisse, solicitaron al Tribunal poner término a la lectura íntegra del fallo y procedecer a su repaso resumido, siempre y cuando se resguardaran los derechos de la médico respecto de poder recurrir a un tribunal superior para pedir la nuladidad del juicio oral y de su sentencia.
Tras un áspero diálogo en el que la jueza Miranda recordó a los defensores que fueron ellos los que solicitaron la lectura completa, los magistrados accedieron a resumir la sentencia y comunicar la pena que Jäger deverá cumplr.
Ante gran expectación periodística, la jueza Miranda confirmó, en primera instancia, la irreprochable conducta de la médico, lo que permitió rebajar en un grado la pena estimada para el parricidio en grado frustrado, que incluso pudo haber llevado a la doctora a cumplir una condena de cadena perpetua calificada.
Finalmente los jueces anunciaron que la médico deberá cumplir la pena de 5 años y un día de reclusión en su grado mínimo con ihabilidad perpetua para desempeñar cargos públicos y políticos; la inhabilidad para desempeñar su profesión y otros cargos profesionales, mientras dure su condena y el pago de las costas del millonario juicio que se estiman superiores a los 40 millones de pesos.
La jueza Miranda señaló que como medida accesoria se prohibía a Jäger acercarse a su hijo, a su domicilio, lugar de trabajo y/o estudio, por el plazo de seis meses.
La pena a la que fue condenada la médico iniciará su cumplimiento cuando la sentencia quede ejecutoriada, es decir, cuando expire el plazo de 10 días que tienen sus defensores para incurrir en nuliidad ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt o ante la Corte Suprema.

Resolución Final
El fallo decisivo leído por la jueza Miranda consideró entre sus puntos:
"Que se condena a la acusada Ivonne del Carmen Jäger Ramírez, ya individualizada a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta perpetua para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa como autora del delito de parricidio en la persona de Andrés Vienne Jager en grado de frustrado perpetrado el día 12 de julio de 2006 en esta ciudad".
"Que la pena privativa de libertad que por esta sentencia se le impone a la sentenciada la comenzará a cumplir desde que esta sentencia quede ejecutoriada sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido sujeta a la medida cautelar, donde la doctora Jäger deberá tener: arresto domiciliario parcial entre las 22.00 horas y las 07.00 horas del día siguiente; prohibición de aproximarse a la víctima, y arraigo nacional, del artículo 155 del Código Procesal Penal".
"Se hace presente que la medida de arresto domiciliario se suspendió por el día 11 de septiembre de 2006; que con fecha 14 de septiembre se decretó el arresto entre las 22:00 horas y las 06.00 horas del día siguiente; que con fecha 27 de octubre se sustituyó el arresto domiciliario por firma semanal y que desde el día de ayer 26 de marzo se cambió a firma mensual".
"Que no reuniéndose en la especie los requisitos contemplados por la Ley 18.216, especialmente en la extensión de la pena impuesta en esta sentencia, no se le suspende la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta con alguno de los beneficios establecidos en la citada ley".
[21 de septiembre de 2007]
la tercera]

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