21 abril 2007

condenado por homicidio calificado

[Copiapó] Fue condenado como homicidio calificado muerte de joven en población Arturo Prat. Por unanimidad los magistrados integrantes de la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, junto con condenar, juzgaron jurídicamente la muerte de A.A.A.S., 25 años, en manos de C.A.S.V., como un homicidio calificado, hecho ocurrido en la madrugada del 7 de mayo del año, en la población Arturo Prat.
El Ministerio Público, representado por la Fiscal Verónica Alvarez Muñoz, al término de la audiencia, realizada en la mañana de ayer, dijo a diario Chañarcillo, en la resolución los Jueces "acogieron la calificante de la alevosía y del ensañamiento. A todas luces esto no era un homicidio simple, no era una muerte común, este era un crimen, un asesinato y por tanto el Tribunal, en esa perspectiva, bastante tranquila, en término que todo está bajo de la investigación, llegó a buenas conclusiones y dieron por acreditado todo y cada uno de los presupuestos de los hechos fácticos que se establecieron en la acusación".
Destacó que "una cosa es como se relata el hecho y otra es como el Tribunal lo percibe y que hechos o aquellos están acreditados y son o no delitos, en este caso todo y cada uno de los hechos de la acusación fueron probados y el Tribunal los tuvo a firme en la sentencia".

40 Puñaladas
En definitiva la víctima, de manos del homicida, recibió 40 puñaladas en todo el cuerpo, las que estuvieron distribuidas en 25 en la espalda; otras 15 en la cabeza, en el tórax, las piernas, n los brazos y los glúteos.
Las heridas letales atravesaron el corazón y también los dos pulmones; hay otras que atraviesan el riñón, bazo e hígado y están por la espalda.

Querellante
El abogado Cristian Ledesma Abarca, quien trabaja en el Centro de Atención de Víctimas,y que representó a la familia de la víctima, en calidad de querellante, hizo notar que el veredicto entregado "es lo que justamente el Ministerio Público y nosotros como querellante perseguíamos, de que el homicidio fuera calificado lo que quiere decir concurrieron conceptos de alevosía y ensañamiento, por lo tanto como querellantes estamos súper satisfechos por el fallo dado en esta oportunidad por el Tribunal de Juicio Oral".
[21 de abril de 2007]
chañarcillo]

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