16 abril 2007

asesinos dicen que son putos

[Puerto Montt] Imputados de muerte de Piccardo iban a prestar servicios sexuales al sacerdote. A las 9 horas de esta mañana se inició el juicio por el asesinato del sacerdote Benedicto Piccardo Olivos, ex director del Liceo de Hombres de Puerto Montt, ocurrido el domingo 15 de enero del año 2006.
En sus alegatos de apertura, los defensores de Alex Escalante y Gonzalo Caetano, acusados de cometer robo con homicidio que terminó con la muerte del padre Benedicto Piccardo, afirmaron que ambos jóvenes habían acudido al departamento del religioso para prestar servicios de carácter sexual.
Según indicó en primera instancia el defensor Jorge Matzner, representante de Caetano, el ciudadano uruguayo no cometió asesinato en contra de Piccardo, señalando que Escalante le planteó la posibilidad de obtener dinero fácil si prestaba servicios de carácter sexual a una persona dispuesta a pagar una alta cifra de dinero.
El abogado señaló que su defendido tuvo la pésima decisión de mostrarse de acuerdo y acudir con Escalante al departamento de Piccardo. Sin embargo, al llegar hasta el inmueble, y al "darse cuenta de lo que implicaba el trato, hizo una maniobra evasiva e ingresó al baño". Desde el interior de la habitación "escuchó un golpe, sale, y se encuentra con esta persona en el piso; le preguntó a Escalante qué había pasado y éste en primera instancia no le respondió".
Posteriormente, el abogado indicó que su defendido no tuvo posibilidad de oponerse a colaborar, por entrar en estado de shock. Por ello, asumió que ambos acusados inmovilizaron a la víctima con cinta adhesiva, incluso Escalante abandonó por algunos instantes el departamento para ir a comprar dos teléfonos celulares a un supermercado, dejando la puerta principal con llave.
A su regreso, después de registrar el departamento y echar algunos objetos a la bolsa, Escalante conminó a Caetano a abandonar el inmueble y le señaló que se iba a la ciudad de Osorno. Caetano se negó a ir con él, por lo que Escalante lo dejó en la calle, le entregó dinero y le pidió que guardara silencio.
El defensor de Caetano agregó que "no hubo un dolo homicida de mi defendido. El pudo haber huido del país y no lo hizo y se entregó y colaboró con la acción de la justicia". Agregó que "las lesiones sufridas por el religioso fueron de carácter leve y no mortal y que Piccardo pudo haber muerto por enfermedades no conocidas por los imputados", pudiendo haberse desatado su deceso por lo que denominó "efecto cascada", detallando que la segunda autopsia indicó que su corazón era tres veces más grande que lo normal.
Posteriormente, el defensor de Escalante, Germán Echeverría, detalló sobre diversas pericias realizadas al cuerpo del religioso desde la autopsia, que señalan que Piccardo no murió por asfixia causada por su defendido, como se le imputó en la primera formalización, y señalando que la víctima tenía un compromiso locomotor, "rengueaba y usaba bastón".
Respecto de las circunstancias en las que se desataron los hechos, Echeverría compartió lo señalado por su colega y recalcó que el acceso de los acusados a la vivienda se produjo con plena voluntad de la víctima y con fines de prestar servicios sexuales. "Mi defendido ha sostenido desde el principio de esta investigación que la visita que realizaron al departamento tenía un propósito de un trato carnal remunerado".
Echeverría agregó que su defendido iba al departamento en busca de dinero y al producirse la evasión de Caetano al baño del inmueble se produjo una discusión, señalando que no hay indicios de que Escalante haya golpeado con un elemento contundente al religioso.
Echeverría citó información de una causa anterior del tribunal del Crimen de Puerto Montt de marzo de 2003, respecto de una denuncia de Piccardo por el hurto del mismo vehículo que le fue sustraído el día en que perdió la vida. En su denuncia, el sacerdote señaló que había invitado a dos jóvenes a alojar a su departamento por razones humanitarias y que en un abuso de confianza habían huido con su vehículo.
Sin embargo, el perito de criminalística de la defensoría, Javier Olavarría, al sostener una entrevista con el condenado por este robo, señaló que su relación con el sacerdote se basaba en tener un trato de connotación sexual.
El abogado agregó que en la segunda autopsia realizada al cuerpo de Piccardo, peritos tanatólogos concluyeron que en su cuerpo había varios indicios de actividad homosexual.
Echeverría terminó su alegato de apertura pidiendo al tribunal calificar el mal causado de acuerdo a las reales circunstancias en que a su juicio concluyeron los hechos. "No pedimos impunidad, sabemos del aporte del padre Piccardo a la comunidad de Puerto Montt, pero nuestro deber es abogar por la justicia; nos asiste la convicción de que la responsabilidad de Alex Escalante en estos hechos es por robo con violencia".
A esta hora declara uno de los imputados, Gonzalo Caetano, quien en sus primeros minutos confirmó lo señalado en el estrado, precisando que en los servicios sexuales que Escalante le señaló que había que prestar al sacerdote "no había penetración, porque a él (Piccardo) le gustaba que se le practicara sexo oral y mirar a los hombres desnudos".

Prejuicio
Iniciado el juicio, la defensa de Alex Escalante cuestionó la independencia del tribunal de dar un juicio justo, aludiendo una entrevista que dio Juan Francisco del Campo, presidente de la sala al diario el Llanquihue, del viernes 13 de abril, en la que usó el término "víctima de asesinato" para referirse al fallecido sacerdote.
El abogado Germán Echeverría dijo que el viernes en la tarde se reunió con Escalante, quien le señaló que había un juicio previo sobre su persona. "Mi defendido me señaló en esto estoy solo. No tengo respaldo, influencia y poder, sólo tengo un abogado que el Estado me ha proporcionado para mi defensa. Veo que hay un intento de enjuiciarme sin garantías de un debido proceso".
Ello fue rechazado por el tribunal. El presidente de la sala afirmó que lo aparecido en la entrevista no correspondía a lo que él había señalado y aseguró que los imputados "tienen todas las garantías para su defensa, sus alegaciones y para presentar todas las pruebas que sean conducentes a su teoría del caso. No hay actitud previa o prejuicio sobre ellos".
[16 de abril de 2007]
la tercera]

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