07 septiembre 2008

4 Años por Apuñalar a Su Pareja

[Los Ángeles] Homicidio simple frustrado. Cuatro años de cárcel para sujeto que apuñaló salvajemente a pareja. Tribunal oral de Los Ángeles entregó ayer su sentencia, luego de juzgar a principios de semana al inicialmente imputado por parricidio frustrado. Hechos ocurrieron en febrero de este año, en Santa Bárbara.
El Ministerio Público pedía un castigo de 12 de años de cárcel, pero, luego que el tribunal oral determinara condenarlo por homicidio simple frustrado y no por parricidio frustrado -como solicitaba el fiscal Rodrigo Flores- se preveía una pena sustancialmente en contra de César Alcides Mella Inostroza (39).
Finalmente, la sala compuesta por los magistrados Juan Poblete, Pamela Pino y Pablo Freire estableció un castigo de cuatro años de presidio efectivo para el autor del bestial ataque en contra de María Villanueva Monsalve (44), ocurrido el 21 de febrero de este año.
Básicamente, el trío de jueces adhirió a lo expuesto por la defensa, que argumentó en la audiencia del lunes que el ente persecutor no había certificado la existencia de una relación de convivencia entre victimario y víctima, necesaria para llegar a una condena por parricidio, en cualquiera de sus grados.

Bestial Apuñalamiento
En su acusación, el fiscal Flores señaló que el inculpado por este episodio, luego de dormir toda la noche con su pareja, esperó a que ésta despertara, se duchara y, cuando se colocaba su ropa interior, la tomó por la espalda, la cogió de su pelo y luego le propinó una certera puñalada en la parte posterior del cuello. Luego le enterró otra vez el arma en el tórax y le propinó diez cortes en piernas y brazos, tras lo cual abandonó el hogar que ambos compartían en el radio urbano de la comuna de Santa Bárbara.
Testigos lo vieron salir a toda carrera de la casa y encontraron a la mujer desangrándose. Su intervención fue decisiva para evitar un fatal desenlace, tal como lo señaló en el juicio el médico encargado de elaborar el respectivo informe.
La afectada quedó con serias secuelas producto de la brutal agresión (inicialmente paraplejia), pero las dificultades físicas han ido amainando con el correr de los meses.
El defensor Eduardo Soto, en su planteamiento, observó que la "convivencia" no es un concepto definido por la ley. Citando la jurisprudencia existente, es decir, los dictámenes emanados de otros tribunales (de igual rango o superiores), indicó que existen exigencias para certificar esta condición. Aseguró que lo que hubo entre esta pareja –que vivieron juntos tres o cuatro meses- fue una relación de "concubinato", por lo que el ataque a manos de su representado, se debía condenar como homicidio simple frustrado, delito que encierra sanciones menores a las correspondientes a un homicidio "simple".
Mella Inostroza, sin antecedentes penales, deberá estar tras las rejas el tiempo que le queda por completar los cuatro años, puesto que, desde que fue apresado por la SIP de Carabineros de Santa Bárbara, ha permanecido en prisión preventiva.
[7 de septiembre de 2008]
la tribuna]

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