14 agosto 2007

condenan a médico por vejación

[Arica] Tribunal de Arica condena a médico por vejación de paciente fallecido. Tras seis años de trámites judiciales, el Tercer Juzgado del Crimen de Arica condenó a 61 días de suspensión de su empleo y a una multa de 363.209 pesos (11 Unidades Tributarias Mensuales), al médico cirujano Cristian Pérez Gumucio, por el delito de "vejación injusta" cometido contra el joven Javier Reyes Rivera (20), que tras ser atendido en forma deficiente en el Hospital Juan Noé, falleció después de agonizar tres días en febrero de 2000.
El juzgado también acogió la demanda civil presentada por el abogado querellante, Ignacio Munizaga, para conseguir una reparación económica por los daños y perjuicios causados a los padres de la víctima. Sin embargo, en su sentencia el juez Julio Aguilar Bustamente no acogió la petición de 120 millones de pesos, sino que fijó un pago conjunto para el médico y el Servicio de Salud por un monto de 6 millones de pesos.
El tribunal castigó así el comportamiento del médico, el cual al recibir al paciente en estado grave ya que había sido apuñalado por una pandilla, lo insultó y trató como "delincuente" al llegar al box de urgencias. También el profesional optó por suturarlo sin utilizar la anestesia, tal como lo recomiendan los protocolos médicos para ese tipo de heridas.
Tras la muerte del joven, su padre René Reyes buscó condenar a Pérez Gumucio y a otros seis médicos que atendieron a su hijo, por cuasidelito de homicidio. Para ello, se basó en el sumario administrativo que se les aplicó al equipo médico, a través del cual se demostró que no se aplicaron procedimientos básicos como la exploración de las heridas para asearlas y evitar que éstas contaminaran otros órganos.
El tribunal no accedió a un peritaje vital que pretendía demostrar que la falta de asistencia y aseo a una herida en el intestino, fue la causa de la septicemia generalizada por la cual falleció el paciente y no la puñalada que recibió en esa zona.
Ante el rechazo de procesar a los médicos por este delito, el padre del joven optó por querellarse por del delito de " vejación injusta" contra los siete médicos, pero sólo logró condenar al primero que lo atendió. El ilícito está previsto en el artículo 255 del Código Penal y esta blece penas de suspensión del empleo y multas de 11 a 20 Unidades Tributarias Mensuales, para "el empleado público que, desempeñando un acto del servicio, cometiere cualquier vejación injusta contra las personas o usare de apremios ilegítimos o innecesarios para el desempeño del servicio respectivo".
El padre del joven fallecido, René Reyes, se mostró disconforme con el fallo, considerándolo una "burla y un atropello" para su familia, ya que, a su juicio, "no constituye una sanción ejemplarizadora para este médico que nos arrebató la vida de nuestro hijo. Si bien sentamos un precedente con el castigo al médico, este parece irrisorio al aplicársele la pena mínima y un monto de indemnización que no repara nada y que tampoco le duele a él, ni le afectará su conciencia".
Reyes denunció que el proceso judicial se alargó innecesariamente "por la intervención de poderes fácticos que han pretendido encubrir la actuación irresponsable que los médicos del hospital tuvieron. Me han cerrado el caso y yo lo logré reabrir al intervenir solo en la Corte durante un alegato. El camino ha sido difícil, porque en Chile cuando un médico se equivoca nadie lo sanciona".
El médico condenado ya no ejerce en el Hospital Juan Noé. Tras el inicio de acciones judiciales en su contra se trasladó a Santiago, donde ejerció en el Hospital Militar e integró el equipo médico del fallecido general Augusto Pinochet.
[Ximena Astudillo]
[14 de agosto de 2007]
la tercera]

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