08 agosto 2008

15 Años por Violar a Sus Hijas

[Antofagasta] Drástica sentencia por abusos y pornografía infantil. Pareja del acusado y madre de la pequeña víctima, fue condenada a 6 años de cárcel efectiva.
Una sentencia de condena obtuvo el fiscal Rodrigo Cusó, en contra de Julio Bernardo Valenzuela Figueroa, de 53 años quién fue encontrado culpable por el Tribunal Oral en Lo Penal de Antofagasta, de cometer el delito violación reiterada, abuso sexual y producción de material pornográfico, mientras que su pareja Angélica Eduvigis Valencia Acuña, de 32 madre de la víctima una pequeña de 9 años a la fecha de comisión del delito, fue condenada por su parte como cómplice del delito abuso sexual reiterado y autora del delito de producción de material pornográfico infantil.
El acusado recibió una pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, mientras que ella fue sancionada con una pena de 6 años de presidio mayor en su grado máximo.

Pruebas
De acuerdo a las pruebas aportadas por el fiscal acusador en el respectivo juicio oral, en el cual estuvo asistido por el abogado asesor Nelson Díaz, los hechos ocurrieron entre los años 2005, 2006 y hasta abril del 2007 y también con antelación en el tiempo, cuando el acusado procedió a realizar, al interior de su domicilio actos de relevancia y significación sexual respecto de la hija de su conviviente que a la fecha tenía nueve años.
La accedía carnalmente, según se estableció durante la investigación. La investigación permitió conocer que también realizó similares conductas en perjuicio de su hija legítima de 3 años de edad a la fecha de ocurrido el ilícito.
Además el acusado participó en la elaboración de material pornográfico infantil, contenido dicho material en fotografías que fueron captadas en un teléfono celular de su propiedad.
Respecto a la acusada el fiscal sostuvo que en los mismos años ésta en reiteradas ocasiones forzó y facilitó a su hija mayor para la perpetración de estos abusos. Dicha entrega de la menor tenía la finalidad de satisfacer los deseos sexuales del imputado en forma habitual y con abuso de autoridad a cambio de una contraprestación que recibía del acusado consistente ésta en dinero o droga.
El tribunal, luego de apreciar la prueba del órgano acusador consistente en testimonios, pericias y fotografías, estimó suficiente para acreditar los delitos atribuidos al acusado.

Condena
Examinadas las pruebas los sentenciadores decidieron aplicar a Julio Bernardo Valenzuela Figueroa, una pena única de 15 años y un día de presidio mayor su grado máximo, además de condenarlo a las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal.
Siendo además padre legítimo de una de las dos víctimas se le privó de la patria potestad y además de todos los derechos que por el Ministerio de la Ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de la ofendida, de sus ascendientes y descendientes.
Por no reunir los requisitos que dispone la ley para el cumplimiento alternativo deberá cumplir la pena de manera efectiva.
Angélica Eduvigis Valencia Acuña, por su parte recibió una pena única de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, por los delitos perpetrados en contra de su hija mayor, la que deberá cumplir de forma efectiva.
Se le condenó además a las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oída como pariente en los casos que la ley designa y se le privó de la patria potestad sobre la persona de la víctima.
[8 de agosto de 2008]
mercurio de antofagasta]

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