
Buccioni fue condenado como autor de homicidio calificado a la pena de 15 años y un día por el Tribunal Oral de Iquique. Sin embargo, la defensa argumentó que se vulneró la igualdad de los derechos y no se acreditó científicamente la causa de la muerte de Cappona, ni hubo certeza sobre el lugar y la fecha del deceso.
Asimismo, argumentaron que no se pudo situar a su representado en el lugar de los hechos y eso genera una duda razonable, invocando también la nulidad por infracción de garantías constitucionales y derechos establecidos en tratados internacionales vigentes.
Al respecto, los ministros de la Segunda Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y el abogado integrante Domingo Hernández, estimaron que los argumentos "podrían configurar la causal de nulidad absoluta prevista en la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal, por cuyo motivo se procederá en conformidad con lo dispuesto en el artículo 383 inciso tercero letra a) del mismo código", por lo cual ordenan a la Corte de Apelaciones de Iquique conocer y fallar el recurso.
Según el abogado de Buccioni, Gonzalo Bulnes Núñez, en el fallo de primera instancia "hay sorprendentes faltas de prolijidad en el proceder de la fiscalía y en la sentencia. Aparentemente, tras ellas subyacen rencillas entre grupos de poder local que delató el testigo estrella de la fiscalía en sus últimas declaraciones judiciales".
[2 de abril de 2007]
[©estrella de iquique]
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